martes, 23 de junio de 2015

LA REVUELTA DE LOS PAYESES DE LA REMENÇA


Conflicto acontecido entre los campesinos dependientes catalanes, los payeses, en contra de la servidumbre feudal que los adscribía a la tierra que ocupaban. Debido a dicha vinculación, en el caso de que deseasen abandonarla debían pagar una cuota elevadísima a su señor feudal, llamada en latín redimentia y en catalán remença. Payeses de Remença eran, pues, aquellos campesinos vinculados que, entre la mitad del siglo XIV y finales del XV, hicieron suyo el lema "el tiempo de la servidumbre ya ha pasado", rebelándose contra sus señores feudales y contra los Malos Usos..


La prosperidad agrícola catalana y los Malos Usos

Entre los siglos XIII y XIV Cataluña vivió una época de bonanza económica a todos los niveles, incluido el agrario. Como prueba del interés con que los preceptores del gobierno medieval tomaron la reglamentación del campo, todas las relaciones sociales organizadas en torno a explotaciones campesinas quedaron perfectamente legalizadas a través de la institucionalización de la servidumbre. En el siglo XIII la reglamentación tuvo dos momentos de especial importancia: las cortes de Cervera (1202) y las de Barcelona (1283). A lo largo de casi un siglo, los contratos de servidumbre fueron comúnmente aceptados, tanto por señores como por siervos, en pos de una estabilidad contractual que beneficiase a las rentas señoriales y a los trabajadores del campo. Y, de hecho, así sucedió, puesto que el nivel económico de todas las partes en cuestión no hizo sino experimentar continuas alzas a lo largo de la decimotercera centuria.
Sin embargo, en los contratos de servidumbre, el vasallo quedaba totalmente adscrito a la tierra que ocupaba, debiendo pagar por abandonarla un canon estipulado por el señor. Este no era sino uno de los seis Malos Usos o Ius Maletractandi, potestades del señor sobre su siervo que no habían sido valoradas en demasía por la prosperidad económica del momento pero que, en un futuro no muy lejano, no dejarían de ser una inagotable fuente de problemas. Además de la ya citada redimentia o remença, el resto de Malos Usos (que no eran privativos del reino de Aragón) eran los siguientes:
Cugutia- Potestad del señor feudal para castigar al adulterio femenino. La pena impuesta solía ser el pago de la mitad de los bienes de la campesina adúltera.
Arsina- Cantidad al libre arbitrio del señor que se imponía como multa a las negligencias del siervo en el trabajo agrícola. Generalmente, se solía imponer su pago en caso de deterioro de la tierra o, muy frecuente en la época, del incendio de bosques o cultivos.
Intestia- Capacidad de los señores para exonerar la propiedad de un tercio o de la mitad de los bienes que un siervo fallecido no había incluido en su testamento. La gran mayoría de siervos moría sin testar, por lo que este Uso sirvió para enajenar gran parte de su ya de por sí mísero patrimonio.
Ferma de Spolii- Era la obligación del vasallo de entregar parte de la dote que la mujer aportaba al contrato de esponsales. Ello significaba la imposibilidad para los siervos de contraer matrimonio si no pagaban una cierta cantidad de dinero.
Exorquia- Uno de los más dolorosos y que también era conocido en algunas partes de la península con el nombre de mañería. Se trataba de que todas las pertenencias, muebles e inmuebles, del siervo que moría sin tener sucesores directos pasaban a ser propiedad del señor.
Todo este entramado jurídico a favor de los señores apenas importaba en tiempos de bonanza económica, pero mostraría su fatalidad para los siervos en los tiempos de crisis, crisis que no tardó mucho en llegar.


La ruptura de la estabilidad social: hambrunas, guerras y epidemias

Los primeros indicios de crisis comenzaron en el año 1333 (denominado en las fuentes como lo mal any primer) debido a una de las hambrunas (períodos de escasez y carestía) más fuertes de toda la Edad Media, motivada porque el exceso de lluvias echó a perder las cosechas. En los años finales de la década siguiente, en especial entre 1348 y 1350, Cataluña fue asolada por la temida Peste Negra, epidemia que conoció diversos rebrotes en los períodos 1362-1363 y 1371-1381, apareciendo cada diez años y convirtiéndose, de ese modo, en un pandemia que no dejó a los campos catalanes recuperar su antiguo nivel. Cataluña y Navarra fueron, sin duda, las zonas peninsulares más afectadas por la enfermedad, causante de un desolador panorama que muestran las simples cifras: en el caso concreto de Cataluña, pasó de 430.000 habitantes en 1365 a 350.000 en 1378; incluso en 1497 la cifra descendió aún más, 278.000. [Datos de Elliot, J.H. (1996), op. cit., p. 39].
Por si ello fuese poco, entre 1356 y 1365 estalló la guerra entre los reinos de Aragón y de Castilla, llamada Guerra de los dos Pedros por encontrarse al frente de cada reino, respectivamente, Pedro I el Ceremonioso y Pedro I el Justiciero. Sin entrar en los detalles bélicos del conflicto, el hecho fue que gran parte del pequeño campesinado catalán se arruinó al solicitar empréstitos para pagar sus deudas, hecho que fue aprovechado por los grandes campesinos (los seniores grassos) para enriquecer notablemente su patrimonio con los mansos despoblados (masòs rònecs), bien por culpa de la Peste o bien por el endeudamiento de sus antiguos ocupantes. Debido a ello, en el conflicto de los payeses de remença se encuentra la paradoja de la lucha común de todos los campesinos por la abolición de la servidumbre, aunque no tuviesen las mismas razones ideológicas: el campesinado pobre luchaba por sobrevivir y el campesinado rico para que se reconociesen sus explotaciones y pudiese gozar de una situación similar a la de los señores terratenientes.


Primeros enfrentamientos e intervención monárquica

Los señores feudales reaccionaron contra la irritabilidad de los payeses de manera directa: prohibieron las reuniones de campesinos y, para intentar aumentar sus baldías arcas, utilizaron hasta la profusión los Malos Usos, todo ello con el apoyo tácito de una monarquía débil que necesitaba de las tropas señoriales para vencer a los castellanos.
Ante tal situación, los campesinos se organizaron en masa y comenzaron los asaltos a las posesiones señoriales: en 1353 los payeses de Vic destrozaron los archivos del dominio señorial dependiente del monasterio de Ripoll, inaugurando una larguísima temporada de conflictos entre los agentes de recaudación fiscal de los señores feudales. Entre los años 1380 y 1390 hubo episodios similares en Barcelona, Lleida, Balaguer, Perpiñán o Girona; especialmente destacado fue el de 1391, denominado como Gran Progrom por su alto componente antisemita: en épocas de escasez, la riqueza de la minoría judía era envidiada hasta tal punto que no hubo un motín de los remenças sin asalto a las posesiones hebreas.
La gravedad de los acontecimientos obligó a la intervención de la propia monarquía. Así, Martín el Humano (1396-1410) y, más concretamente, su mujer, María de Luna, hicieron caso de las propuestas de algunos juristas de la corte que les aconsejaron prudencia con el caso de los remenças. La propia reina envió una misiva al papa aviñonés Benedicto XIII con la intención de que extendiese las indulgencias necesarias para acabar con la deshonra de la servidumbre. De manera paralela, Martín el Humano apoyó las asambleas de campesinos con el fin de, a la vez que solucionaba el tema social, acceder a los subsidios que los campesinos ricos podían proporcionarle para recuperar los señoríos de realengo perdidos tras la guerra con Castilla. Sin embargo, la esperanza se difuminó pronto, tras la muerte del monarca aragonés y la entrada, gracias al Compromiso de Caspe (1412), de la dinastía Trastámara castellana en Aragón con Fernando de Antequera (1412-1416) y su sucesor, Alfonso V el Magnánimo (1416-1458). La ambigüedad de la monarquía a la hora del problema campesino era exasperante: sólo apoyó a los remenças cuando no pudieron obtener los subsidios necesarios para su política de expansión italiana de la nobleza; en caso contrario, el sistema se perpetuó para siempre, pese a los denodados esfuerzos de varias personalidades del reino entre las que merece ser destacada, de nuevo, otra mujer: María de Castilla, esposa de Alfonso V.
El período comprendido entre 1430 y 1448 estuvo marcado por cierta calma tensa, puesto que varios emisarios reales recorrieron las comarcas de los campesinos para elaborar un informe sobre la situación real de la servidumbre, a la vez que protegieron sus asociaciones, cuya legalización sancionaron las Cortes en 1448. El triunfo de las demandas remenças parecía cercano cuando en 1449 el tribunal de rey aceptó una demanda judicial, presentada por estos, contra los abusos señoriales, y mucho más cuando Alfonso V, gracias a los buenos consejos de la reina María, decretó la suspensión provisional de los Malos Usos y de la remença como contrato de servidumbre mediante la llamada Sentencia Interlocutoria (1455).


De la Guerra Civil a la derrota de los Remenças (1462-1485)

La definitiva sanción de la Sentencia Interlocutoria quedó perdida para siempre cuando la reina María fue sustituida como regente del reino por Galcerán de Requesens, jefe del partido de la Busca barcelonés y hombre de buenas intenciones, pero que era odiado por la nobleza al ser un segundón y por la facción oligárquica que ocupaba el Consell de Cent, la Biga.
La monarquía había aceptado las reivindicaciones campesinas tras la promesa de obtener una renta de 100.000 florines en compensación por la abolición de las servidumbre. Tanto la Generalitat (al servicio de la Biga) como las Cortes (monopolizadas por los señores nobiliarios y eclesiásticos) se mostraron tan escandalizados que se negaron a conceder otros 400.000 florines que el rey pretendía. La lucha política comenzó a ser exhaustiva, asamblea por asamblea, consejo por consejo, barrio por barrio...hasta que, con la muerte de Alfonso V (1458), la elección de su hermano Juan I, el rey de Navarra, se encendió la mecha del conflicto civil. La rígida intransigencia de este monarca provocó, en primer lugar, un enfrentamiento civil en Navarra al sublevarse su hijo, Carlos de Viana, con la ayuda de varios partidarios.
Por si ello fuese poco, al detener a Carlos de Viana en 1460, Juan I de Navarra (ahora también Juan II de Aragón) violó las Constituciones de Cataluña, por lo que la Generalitat, bajo los auspicios de la Biga y la nobleza, liberó al prisionero y obligó al rey a claudicar en la capitulación de Vilafranca (1461). Carlos de Viana fue elegido lugarteniente gracias a la negociación de su madrastra, Juana Enríquez, mientras que su hermano menor, Fernando (futuro Rey Católico), quedaba como sucesor de una pseudomonarquía cuyo poder descansaba en los estamentos oligárquicos del reino.
Al ver los remenças definitivamente perdida su causa, pasaron a organizarse militarmente al mando de un campesino gerundense llamado Françesc Verntallat. Sin embargo, los campesinos se dividieron al atentar contra la monarquía, pues la mayoría de ellos estaban convencidos de que ésta era su único adalid fiable. El conflicto pasó a un segundo plano debido a que la entrada de Francia en la caótica situación del reino aragonés, anexionándose el Rosellón y la Cerdaña, dio origen a la Guerra Civil Catalana (1462-1472). Malos tiempos para reivindicaciones campesinas.
Una vez firmada la capitulación de Pedralbes (1472), Juan II recuperó el poder de Aragón, pero el daño causado a la economía y a los campos catalanes había sido deplorable. El movimiento remença se había dividido con la guerra, pues unos habían luchado a favor de Juan II y otros en contra. Por si fuera poco, durante la guerra no se habían pagado los diezmos, censos y demás tributos señoriales, y ahora los señores exigían el cobro de los atrasos. En las Cortes de 1481 (ya con Fernando el Católico como rey de Aragón), los terratenientes consiguieron que se volviese a aprobar la servidumbre plena, incluidos los Ius Malectractandi. La lucha armada no se hizo esperar: los remenças, acaudillados por Pere Joan Sala, derrotaron a las tropas nobiliarias en Granollers antes de ser brutalmente ajusticiados tras el intento (1485) de tomar Barcelona, donde (ahora sí) nobleza, clase mercantil e instituciones varias, ofrecieron una modélica colaboración.


La Sentencia Arbitral de Guadalupe (1486)

Plenamente identificada con el papel de moderador y protector que Fernando el Católico quería desempeñar entre unas y otras facciones, la Sentencia Arbitral de Guadalupe (1486) conformó una solución de compromiso en la que ambas partes se mostraron sumamente insatisfechas. Aunque desde la emisión del dictado de Fernando en el monasterio de Guadalupe (Extremadura) las luchas cesaron y los campos volvieron a ser trabajados con ansia, lo cierto es que, tras la abolición formal de la servidumbre, de la remença y del resto de Ius Maletractandi, los campesinos tuvieron que pagar un canon estipulado de 60 sueldos por manso en usufructo (es decir, una remença general), además de varias y diversas multas por daños cometidos en la guerra. También quedaron abolidos los maltratos y abusos señoriales, salvo que el señor contara con los requisitos legales que auspiciaban la justicia de su aplicación (nada difíciles de encontrar). A cambio, se mantenían los dominios jurisdiccionales y las prestaciones personales. Los únicos realmente favorecidos fueron (además de, como es natural, los señores nobiliarios) los campesinos hacendados, los seniores grassos, que obtuvieron el pleno reconocimiento a todas las ocupaciones de masós rònecs que habían hecho desde finales del XV, dispensa reconocida dos años más tarde.
Como última conclusión del conflicto, sólo una pregunta: la Sentencia de 1486 otorgó el status jurídico de "libres" a los campesinos remenças, pero ¿abolió realmente la servidumbre feudal y revitalizó los campos catalanes ?.

Bibliografía

  • BATLLE, C. La crisis social y económica de Barcelona a mediados del siglo XV. (Universidad de Barcelona, II vols, CSIC: 1973).
  • ELLIOT, J. H. La España Imperial. 1469-1716. (Madrid: 1963. Reed. Círculo de Lectores, 1996).
  • MARTÍN, J. L. La Península en la Edad Media. (Barcelona, Teide: 1993).
  • SALRACH, J. M. et alii. Los payeses de remensa. (Madrid, Cuadernos de Historia 16, nº 93: 1986).
  • SOBREQUÉS VIDAL, S. & SOBREQUÉS CALLICÓ, J. La guerra civil catalana del sigle XV. Estudis sobre la crisi social i econòmica de la Baixa Edat Mitjana. (Barcelona, II vols: 1973).
  • http://www.enciclonet.com/articulo/revuelta-de-los-payeses-de-remenca/

sábado, 20 de junio de 2015

PUBLIO CORNELIO ESCIPION...EL AFRICANO


Hijo de Publio Cornelio Escipión y Pomponia, pasó los primeros años de su vida en Roma, donde recibió una educación tradicional. Tras alcanzar la edad viril, en el año 218 a. C., comenzó su instrucción militar, muy pronto fue nombrado tribuno militar y fue incorporado al ejército de Tiberio Sempronio Longo.
Tras producirse el inicio de la Segunda Guerra Púnica y la llegada de Aníbal a la Península Itálica, participó en las batallas de Tesino y Cannas, donde destacó por sus grandes dotes como soldado. Nombrado edil curul en el año 213 a. C.; a la muerte de su padre y su tío en Hispania, fue nombrado jefe de las legiones instaladas en la mencionada región, y llegó a Tarraco en el año 210. Durante el tiempo que permaneció en Hispania (210-206 a, C.) tomó Cartago Nova, derrotó a Asdrúbal Barca en la zona de Cástulo, se produjo la toma de Orongris y consiguió el control de la Península tras la batalla de Ilipa. Antes de partir fundó la ciudad de Itálica.
Un año después de su llegada a Roma, en el 205 a. C., fue elegido para ocupar el cargo de cónsul y tras ser nombrado jefe de las legiones instaladas en Sicilia, dirigió las acciones militares emprendidas en el norte de África. Tras derrotar a varios ejércitos cartagineses y al propio Aníbal, en la batalla de Zama; firmó la paz con el Senado cartaginés, y consiguió que Cartago perdiera la hegemonía en el Mediterráneo. Regresó a su ciudad natal como un héroe y tras ser reconocido su triunfo por el Senado, prosiguió con su carrera política.

Nombrado censor en el año 199 a. C., ocupó por segunda vez el puesto de cónsul en el año 194 a. C, tras lo cual fue elegido como principes senatus. En el año 190 a. C. marchó junto a su hermano, Lucio Cornelio Escipión, a Asía, donde los ejércitos romanos se enfrentaron con a las tropas de Antíoco III. Tras producirse la derrota de éste, se firmó la paz y Roma se aseguró el control del Mediterráneo Oriental.
Los últimos años de su vida fue objeto de una campaña de desprestigio, dirigida por Catón, que puso en entredicho sus actuaciones en Asía. Tras iniciarse un proceso en contra de él y de su hermano, por presunta malversación de fondos públicos; se retiró de la vida pública y se instaló en una propiedad de la familia en la región de Literno, donde murió en el año 183 a. C.

Primeros años e inicio de su carrera política

Nacido en el seno de una ilustre familia patricia, la gens (familia) Cornelia. Hasta los siete años estuvo bajo la directa supervisión de su madre, Pomponia, la cual además de ocuparse de sus necesidades inmediatas, alimentación, vestido, etc., cuidó que el vocabulario y la pronunciación de su hijo fueran perfectos, ya que era necesario que nadie albergara ninguna duda a cerca de sus nobles orígenes.
Tras estos primeros años, su educación pasó a ser responsabilidad directa del pater familias, Publio Cornelio Escipión, el cual se ocupó planificar cuidadosamente, los pasos que su hijo debía seguir para desarrollar su futura carrera política. No ha quedado constancia, de que Escipión, tuviera maestros que se ocuparan de su desarrollo intelectual, pero si los tuvo, debieron ser profesores de origen griego, ya que éste y en general toda su familia, demostró durante toda su vida un enorme interés y sensibilidad hacía las manifestaciones culturales de esta región.



El comienzo de la Segunda Guerra Púnica debió trastocar enormemente la vida familiar, puesto que su padre había sido elegido para ocupar el Consulado en el año 218 a. C., año en el cual Escipión alcanzó la edad viril e inició su instrucción militar. Según la costumbre, comenzó desde los puestos más bajos del ejército romano. A pesar de todo, los jóvenes patricios recibían un trato diferente al resto de ciudadanos y Escipión ascendió rápidamente. De este modo poco tiempo después, fue nombrado tribuno militar, tras lo cual Tiberio Sempronio Longo le incorporó a su ejército.
Ese mismo año (218 a. C.), Aníbal había tomado la decisión de llevar la guerra a suelo italiano, con el fin de que el desgaste de los enemigos fuera mayor. Por ese motivo el padre de Escipión, decidió atacar al general cartaginés. La primera participación de Escipión en la guerra fue la batalla de Tesino, en la cual consiguió salvar a su padre, que había sido rodeado por el enemigo y se encontraba en una situación desesperada. Se desconoce si participó en la siguiente batalla, la de Trebia, algunos historiadores afirman que lo más probable es que no participara, ya que se encontraba acompañando a su progenitor, que había sufrido importantes heridas en la anterior batalla. Fueron tiempos difíciles para Roma, ya que tras la batalla de Cannas, en la cual participó Escipión, fueron muchos los ciudadanos que perdieron la esperanza de derrotar a Aníbal. Pero Escipión, parece que no se dejó abatir, educado según los principios tradicionales de respeto a las costumbres y de lealtad por encima de todo a la ciudad, se negó a reconocer que Roma estaba perdida y de este modo, según Tito Livio (XXXII 53, 10-12), juró que mataría a cualquiera de sus compatriotas que abandonara la ciudad sin luchar para defenderla. Tras la mencionada batalla de Cannas, existe un largo paréntesis en el que no se recoge ninguna noticia a cerca de Escipión, no cabe la posibilidad de que acompañara a su padre a Hispania, puesto que las fuentes que se conservan lo hubiesen mencionado.
En el año 213 a. C. Escipión se presentó a las elecciones para ser nombrado edil curul. Hay que destacar que su carrera fue bastante irregular, ya que éste era demasiado joven para ocupar dicha magistratura y no había ocupado el cargo de cuestor. Posiblemente su rápido ascenso, estuvo motivado por las circunstancias en que vivía Roma en estos momentos; también le pudo favorecer, el hecho de que su padre y su tío se encontraran en Hispania, intentando frenar el envío de tropas a Aníbal. Así Escipión, tras contar con el respaldo de una gran parte de los ciudadanos, a pesar de las quejas de muchos tribunos, logró ejercer el cargo a la edad de veintiún años, sin ningún contratiempo.



Las campañas en Hispania

En el año 211 a. C. llegó a Roma la noticia de la muerte de los Escipiones en Hispania, de este modo no quedaba ninguna autoridad que pudiera evitar que Aníbal, recibiera refuerzos de las tropas cartaginesas instaladas en la Península Ibérica. Tras hacerse pública la noticia, muchos aliados se pasaron al bando cartaginés, por lo que la situación se complicó todavía más. Era necesario que un general de prestigio sustituyera al padre y al tío de Escipión, pero en el Senado no se llegaba a un ningún acuerdo para elegir a un procónsul y el día que se había fijado para celebrar las elecciones, ningún ciudadano se presentó para ser elegido. Esta circunstancia, fue aprovechada por Escipión para presentarse como candidato, ya que legalmente no podía aspirar a este puesto debido a que no había ocupado todas las magistraturas y no podía acreditar la experiencia militar necesaria para hacerse cargo de las legiones destacas en Hispania. Pero la situación era desesperada y los ciudadanos le eligieron por aclamación, pues vieron en él un firme candidato para sustituir a su padre. Escipión para que no hubiera dudas sobre sus buenas intenciones, tras ser elegido por el pueblo, en un discurso posterior a su elección, afirmó que abandonaría el puesto si algún general más experimentado decidiese acudir a Hispania en su lugar, de este modo intentaba aplacar la ira de muchos senadores. Pero nadie se presentó para sustituirle y de este modo fue nombrado jefe de las legiones destacadas en Hispania.


En el año 210 a. C. Escipión desembarcó junto a las nuevas tropas reclutadas en Roma, en el puerto de Ampurias, tras lo cual se dirigió por tierra a Tarraco (Tarragona). Dado lo avanzado del año, no se planteó llevar a cabo ninguna intervención militar de importancia. Antes de retirarse a los cuarteles de invierno, aseguró las posiciones romanas en el norte del Ebro, logró obtener el respaldo de las tribus indígenas de la zona y se informó sobre la situación de los tres ejércitos púnicos instalados en la Península Ibérica. Tras esta primera toma de contacto, planificó la campaña del año siguiente y obligó a los soldados bajo su mando a continuar con su entrenamiento militar durante el descanso invernal. Con la llegada de la primavera (209 a. C.), Escipión, que había estado todo el invierno recabando información, decidió que lo más beneficioso para las posiciones romanas era llevar el ataque a las zonas controladas directamente por los cartagineses. De este modo preparó el asalto a Cartago Nova. Tras instalar su campamento y proteger la retaguardia, arengó a sus soldados, con el fin de elevar su moral, para que iniciaran el asalto a las murallas de la mencionada ciudad. Después de varios intentos infructuosos, Escipión aprovechó la pleamar, para atacar la ciudad por el sureste, de este modo los romanos penetraron en Cartago Nova casi sin dificultad, ya que los defensores no esperan que el ataque se realizara desde esa posición. La toma de la mencionada ciudad fue muy beneficiosa para los planes de Escipión, ya que el botín de guerra fue cuantioso y los cartagineses perdieron su principal fuente de aprovisionamiento. Tras organizar nuevamente la defensa de la ciudad y enviar correos a Roma, para informar de la victoria, Escipión regresó a Tarraco.
Durante el otoño del año 209 a. C recibió a numerosas delegaciones de tribus indígenas, las cuales en muchos casos habían permanecido neutrales hasta esa fecha. Además durante el invierno inició los primeros contactos con Indibil y Mandonio, importantes caudillos iberos, que hasta ese momento habían sido aliados de los cartagineses. En el año 208 a. C. Escipión, que había obtenido del Senado romano la prolongación indefinida de su puesto en Hispania; dirigió su atención a la zona de Cástulo (actual municipio de Linares), importante enclave minero de Sierra Morena; ya que había recibido la noticia de que Asdrúbal Barca tenía proyectado partir hacia Italia, con su ejército, con el fin de unirse a Aníbal. Tras conocer que Escipión se dirigía a la zona, Asdrubal, decidió instalar su campamento en las proximidades de Baécula (Bailén), donde tuvo lugar, poco tiempo después, una importante batalla, la cual fue ganada por Escipión. Desde ese momento los ejércitos cartagineses de la zona, que habían estado divididos por diferencias entre sus jefes, cambiaron su actitud y temiendo los futuros ataques romanos se prepararon para resistir.
Escipión no participó directamente en las campañas desarrolladas durante el año 207 a. C., ya que decidió permanecer en Tarraco y delegó sus responsabilidades en sus lugartenientes. Durante este año los cartagineses sufrieron una grave derrota en la Celtiberia y se produjo la toma de la ciudad de Orongris (posiblemente Jaén). El año siguiente (206 a. C.) tuvo lugar la importante batalla de Ilipa (Alcalá del Río), donde Escipión se enfrentó al Asdrúbal Giscón y obtuvo un gran éxito, que supuso el fin del dominio que habían tenido los cartagineses en la Península Ibérica, puesto que perdieron a muchos aliados que decidieron pasarse al bando romano. Escipión tras la batalla, regresó a Tarraco con el fin de preparar el golpe definitivo que asegurara el control, por parte de Roma, de la Península Ibérica. De este modo decidió castigar a las ciudades que siendo aliadas de Roma, habían pasado al bando cartaginés. Así ordenó a Lucio Marcio que se dirigiera a Cástulo, para preparar el asedio, mientras él se dirigía a Iliturguis, ciudad que fue tomada poco tiempo después. Tras la rendición de ambas ciudades, Escipión partió hacia Cartago Nova, donde organizó unos juegos en honor a su padre y a su tío. Poco tiempo después, circuló la noticia de que Escipión había muerto, tras sufrir una grave enfermedad, éste desmintió rápidamente esta noticia, pero aprovechando la confusión Indibil y Mandonio retiraron su apoyo a Roma y se declararon en rebeldía. Tras conocer los acontecimientos Escipión decidió intervenir. Los caudillos iberos tras sufrir una importante derrota, decidieron negociar, el jefe romano decidió perdonarles la vida y les impuso una sanción económica. De este modo Escipión dio por concluidas sus labores en Hispania. Antes de su marcha, probablemente tras la batallada de Ilipa, fundó la primera ciudad romana en la Península, a la que bautizó como Itálica (actual Santiponce).
Escipión tras su regreso a Roma, pudo comprobar que la situación política había cambiado muchos, desde su partida. La perdida de poder ofensivo de Aníbal y la pacificación de la Península Ibérica, había animado a muchos a regresar al ejercicio de la política, y reclamaban puestos que creían merecer por derecho de nacimiento. De este modo Escipión pensaba que tras su regreso, le sería concedido el triunfo por el Senado, pero esto no ocurrió, ya que los senadores alegaron que era demasiado joven y que había partido a Hispania sin ocupar ninguna magistratura importante. Así entró en la ciudad sin recibir ninguna recompensa, pero el pueblo, que sí reconoció los méritos de Escipión, en las elecciones del año siguiente (205 a. C.) le eligió para que ocupara el puesto de cónsul.


Las campañas en África

Escipión opinaba que el mejor modo de asegurar la salida de Aníbal de la Península Itálica, era atacar directamente a la ciudad de Cartago, situada en el norte de África; ya que si esta ciudad se encontraba en peligro, el Senado cartaginés ordenaría el regreso de Aníbal. Para poner en práctica estos planes consiguió, con muchas dificultades, que se le otorgara el mando de las dos legiones destacadas en Sicilia, dichas tropas eran insuficientes, pero Escipión logró que muchos voluntarios se unieran a su causa y el apoyo de algunos aliados italianos.


En la primavera del año 204 a. C. partió hacia el norte de África, tras haber recibido la prórroga de su mandato y haber concretado una importante alianza con el príncipe Masinisa. Su primer objetivo fue atacar las principales fuentes de suministros de la ciudad de Cartago, por ese motivo tras el desembarco, puso sitio a la ciudad de Útica, la cual tras resistir cuarenta días el asedio romano, fue liberada por los ejércitos númidas de Sifax, importante aliado de los cartagineses. Escipión decidió no arriesgar su ejército y se retiró a su campamento de invierno sin presentar batalla, su situación fue precaria, ya que se encontraba rodeado por los ejércitos enemigos y tenía grandes problemas para recibir los suministros necesarios.
En el año 203 la situación del campamento romano empeoraba cada día. Escipión decidido a ganar tiempo y atraer a Sifax a la causa romana, entabló conversaciones de paz, e intentó que éstas duraran lo máximo posible. Mientras recabó toda la información sobre el campamento enemigo. Los cartagineses y su aliado, opinaban que Escipión iba a rendirse próximamente y firmaría cualquier paz que permitiera salir con vida, a él y a sus hombres.
Escipión, que había planeado atacar por sorpresa el campamento enemigo, mandó que la flota partiera para que los cartagineses pensaran que pretendía reanudar el asalto a Útica. Posteriormente incendió el campamento de Sifax, que ardió con gran facilidad debido a que estaba construido con madera y hojas. Los cartagineses pensaron que el campamento de su aliado ardía por accidente y no por un ataque, por eso fueron pocos los que acudieron en su auxilio. Tras producirse la huida apresurada de los númidas, Escipión dio la orden de ataque y ambos campamentos fueron saqueados. Tras esta victoria se retomó el asalto a Útica, los cartagineses por su parte, reclutaron más hombres y se instalaron a 120 km., de la mencionada ciudad, en el llamado Campi Magni. Escipión decidido a que los cartagineses no tuvieran tiempo de adiestrar a los nuevos reclutas, tras dejar a algunos de sus hombres en Útica, partió hacia el nuevo campamento y preparó para la batalla. La derrota de los cartagineses fue total y se inició el saqueo de la región. Tras la victoria, muchos senadores cartagineses solicitaron que se firmara la paz, aunque todavía quedaba la esperanza de que Aníbal regresara y expulsara a los romanos. Escipión por su parte, ordenó que se iniciara el asedio a la ciudad de Túnez, pero a su llegada tuvo conocimiento de que una flota cartaginesa se dirigía a Útica, con el propósito de librarla del asedio, así temeroso de perder su flota, regresó a la mencionada ciudad y organizó la defensa. Parece que en la batalla ambas fuerzas quedaron empatadas, pero los cartagineses lograron frenar el avance de Escipión, que con la llegada del invierno comenzó a preparar la campaña del año siguiente. Parece que el miedo se apoderó de los ciudadanos de Cartago, de este modo las voces que reclamaban el fin de la guerra, se hicieron cada vez más fuertes. Poco tiempo después 30 senadores visitaron a Escipión en su campamento, con el fin de negociar un tratado de paz lo más beneficioso posible. Escipión se sentó a negociar e impuso a los representantes de Cartago unas condiciones muy duras, que éstos se vieron obligados a aceptar, con el fin de ganar tiempo hasta que regresara Aníbal. Así una delegación cartaginesa viajó a Roma para que el tratado contara con el beneplácito del Senado romano. Con la llegada de Aníbal, se rompió la tregua firmada y la guerra se inició de nuevo.
En el verano del año 202 a, C. tuvo lugar la batalla de Zama, en la cual se enfrentaron los ejércitos de Escipión y Aníbal, donde tras un duro combate, las tropas romanas se hicieron con la victoria. Escipión tras reorganizar su ejército, decidió atacar directamente Cartago y preparó a sus hombres para iniciar el asedio por tierra y por mar. Aníbal recomendó al Senado cartaginés que firmara la paz, ya que era imposible hacer frente al ejército romano y su consejo fue escuchado. Escipión desconfió de las intenciones cartaginesas, pero decidió retirar sus tropas e iniciar nuevamente las conversaciones de paz. En esta ocasión impuso unas condiciones todavía más duras, que fueron aceptadas en su totalidad. Tras firmar la paz definitiva y recompensar a Masinisa, por su colaboración, regresó a Roma.
En esta ocasión entró en Roma, tras acampar en el Campo de Marte, por la Puerta del Triunfo, ya que el Senado romano decidió otorgarle el homenaje que brindaba la ciudad a sus grandes héroes. Fue en este momento, cuando sus compatriotas le apodaron El Africano, sobrenombre con el que sería conocido posteriormente.


Las Campañas en Asia

En el año 199 a. C. Escipión se presentó a las elecciones, con el fin de que se le concediera el puesto de censor. Tras concluir su mandato, en el año 194 a. C. fue elegido nuevamente cónsul, intentó hacerse con el mando de las tropas que permanecían en Grecia, con el fin de controlar las ansias expansionistas de Antíoco III, pero el Senado romano le obligó a permanecer en Italia. Tras abandonar este puesto, Escipión fue nombrado principes senatus y renunció a ocupar el puesto de procónsul en alguna provincia, por si surgía la ocasión de intervenir en Grecia.
En el año 192 a. C. estalló la guerra contra Antíoco, que pretendía extender su poder por toda Grecia, Escipión logró que en la elección consular del año 191 a. C. uno de sus hombres fuera nombrado cónsul y de este modo tuvo una activa participación en el desarrollo de las hostilidades. Tras la derrota de Antíoco, el Senado romano decidió a atacarle en su propio terreno, de este modo se comenzaron a realizar los preparativos para iniciar la lucha en Asia. Escipión no podía ser elegido cónsul nuevamente, puesto que aún no habían pasado 10 años, de este modo hizo todo lo posible para que su hermano, Lucio Cornelio Escipión, fuera elegido para ocupar el puesto y se hiciera cargo de la guerra. Ambos hermanos llegaron a Grecia en el mes de abril de 190 a. C., tras realizar una importante labor diplomática Escipión consiguió que Lucio, obtuviera el apoyo de la Liga Ateniense, de Filipo V de Macedonia y de la ciudad de Rodas. Tras cruzar el paso de Helesponto y derrotar al ejército de Antíoco, en la batalla de Magnesia, éste solicitó a Escipión que mediara entre él y su hermano para firmar la paz. De este modo en el año 189 a. C., ambos hermanos consiguieron asegurar el total dominio de Roma en el Mediterráneo Oriental.

 

Sus últimos años

Tras el regreso de los Escipiones a Roma, sus enemigos políticos comenzaron a realizar duros ataques a su intervención en Asía, por considerar que habían sido excesivamente benévolos con Antíoco. Escipión que había regresado enfermo de Asía, se indignó al conocer estos ataques, pero aún se sintió más ultrajado al conocer que se había iniciado un proceso judicial contra su hermano, con el fin de conocer el paradero de 500 talentos, entregados por Antíoco en concepto de indemnización. Para Escipión y su hermano se trataba de parte del botín de guerra y tradicionalmente los generales victoriosos, se quedaban con una parte, para recompensar a los soldados bajo sus ordenes. En opinión de los enemigos de éstos, entre los que destaca Catón, este dinero debía haber sido entregado al Estado, de este modo decidieron abrir un proceso judicial, para investigar si Lucio había malversado fondos públicos. Escipión sabía que estas acusaciones en realidad pretendían desprestigiarle ante la opinión pública y durante el juicio intentó que el Senado desestimara la causa por improcedente. En opinión de Escipión la decisión estaba tomada de antemano y decidió retirarse a una propiedad familiar situada en Literno. Tras la intervención de la acusación, Tiberio Sempronio Graco, que pertenecía a una facción rival de la familia Cornelia, salió en defensa de los acusados y los cargos fueron desestimados por el Senado.
Lucio Cornelio Escipión murió poco después en su finca de Literno y fue enterrado en ese mismo lugar en el año 183 a. C. Aunque Tito Livio fijó su muerte entre diciembre del año 185 a. C. y marzo de 184 a, C. ya que en estas fechas se realizó la elección de un nuevo principes senatus.

Bibliografía

  • CABRERO PIQUERO, J. Escipión el Africano. Madrid, Ed. Alderabán, 2000.
  • LIVIO, TITO. Ab urbe condita. Libro XXII. Revisado por Sevastián Mariner Bigorra. Madrid, Ed. Gredos, 1973.
  • http://www.enciclonet.com/articulo/escipion-el-africano-publio-cornelio/

miércoles, 17 de junio de 2015

LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1837 Y SU CONTEXTO HISTÓRICO



Norma jurídica fundamental del Estado español aprobada por las Cortes constituyentes en 1837. Esta Constitución marcó el fin del posible retorno al absolutismo en España . Tiene una extensión intermedia (consta de 77 artículos distribuidos en 13 títulos y dos más adicionales), es completa y sistemática, distinguiendo claramente, por primera vez en la historia constitucional hispana, entre una parte dogmática y otra orgánica (J. Tomás Villarroya, J.F. Merino), y es flexible, en la medida en la que no recoge un procedimiento específico o agravado de reforma y tampoco ninguna mención a una jurisdicción constitucional. Como la Constitución de 1812 es el resultado de un proceso constituyente. Sin embargo, en mayor medida que ella, remite a diferentes leyes ordinarias de desarrollo, en especial, las de régimen electoral y organización de los ayuntamientos. Junto a ello, aceptaba como elemento preconstituido la organización administrativa y judicial del territorio hispano establecida mediante Reales Decretos, al margen de las Cortes, desde 1834.

Como el Estatuto real, se sitúa en el contexto de las Guerras Carlistas, en las que se hacía necesario evitar la disidencia entre los diferentes liberales agrupados en torno a Isabel II. La causa directa de su redacción fue la serie de levantamientos que culminan en el motín de los sargentos de La Granja del 12 de agosto de 1836, cuya pretensión era obtener de la regente María Cristina el restablecimiento de la mítica Constitución de 1812. Ésta, sin embargo, vendría restablecida tan sólo en espera de una reforma de su carácter más marcadamente parlamentario en beneficio de las potestades atribuidas al monarca. El resultado sería la Constitución de 1837 que si bien es más moderada y "transaccional" que la de 1812, responde, en última instancia, a las exigencias de los liberales progresistas de elaborar un texto constitucional que diese cabida al principio de soberanía nacional y a unas garantías de derechos individuales que el Estatuto real, como texto ultramoderado, no reconocía.
Aunque introduce importantes modificaciones en su parte orgánica y atenúa laspotestades atribuidas por la Constitución de 1812 a las Cortes, acercándola al "moderantismo" (F.Tomás y Valiente), sigue los principios básicos que definen en Cádiz el liberalismo (Pérez-Prendes): soberanía nacional (declarada como principio en el Preámbulo), división de poderes (arts. 12, 45 y 63) aunque no tan rígida como en Cádiz, y declaración de derechos (arts. 1 al 11), por más que éstos sean limitados y marcadamente "propietarios". Junto a ello, es el resultado de un pleno proceso constituyente al ser aprobada en unas Cortes elegidas para que "la Nación manifieste expresamente su voluntad acerca de la Constitución que ha de regirla o de otra conforme a sus necesidades", siendo tales Cortes unicamerales y sus miembros elegidos de acuerdo con el sistema electoral de 1812. La sanción que confiere autoridad al texto es además de las Cortes, no de la Monarquía (B. Clavero, A. Nieto). El carácter transaccional con los sectores más conservadores (Varela Suanzes, J.) que la Constitución presenta, se refiere, por ello, no tanto a los principios proclamados, que la Constitución de 1845 se encargará de modificar en sentido doctrinario, cuanto a la relación entre poderes y órganos, modificados con respecto a Cádiz en sentido conservador con la intención de lograr, por una parte, la unidad de los liberales bajo un mismo texto constitucional frente a los carlistas (G. Gómez Urdánez) y, por otra, el consenso de los proprietarios y privilegiados en torno al trono ("sin esta garantía -indicaba S. de Olózaga- se sucederían las facciones unas a otras"). Tenía por ello una pretensión de elasticidad: servir de instrumento político, más que jurídico, de gobierno tanto a los moderados como a los progreistas (J. Tomás Villarroya). Por lo que al sistema electoral se refiere, el art.22 consagraba su carácter directo, y la ley electoral de 20 de julio de 1837 (a la que el art. 23 remitía) el censitario, basado en un determinado nivel de renta, si bien, en línea progresista, incrementaba mínimamente el cuerpo electoral en un 1 o 2% de la población (F. Tomás y Valiente).
Existe en esta Constitución, por primera vez, un reconocimiento ordenado de derechos individuales, más bien garantías, muy ligadas a la seguridad y propiedad, que el Título Primero recoge bajo el epígrafe "De los españoles". El más importante de estos derechos ("para la conservación y defensa de los restantes") es la libertad de imprenta (art.2), para la que, si bien se remitía a los límites establecidos en una normativa posterior (Reales Decretos de 22 de marzo de 1837 y 10 de abril de 1844 que expresamente derogaban la normativa al respecto de 1820), se preveía, como garantía de defensa, el juicio por jurado, en el que participan los ciudadanos. Pero se recogen además, en línea liberal, el principio de igualdad ante la ley, que expresa la unidad de códigos y jurisdicción (art.4); la seguridad legal y procesal (J. F. Merino), al exigir el art.9 la existencia de leyes que califiquen con precisión los delitos por los que los españoles podían ser acusados y condenados; el acceso a los cargos públicos conforme a los principios de mérito y capacidad (art. 5); la inviolabilidad del domicilio (art. 7); y, sobre todo, el derecho de propiedad (art. 10), para el que se contemplaba la obligación de indemnización en caso de expropiación, por medio de una fórmula estereotipada que pasará, con ligeras variantes, a las constituciones posteriores e incluso al Código Civil de 1889 (art. 349). Por último, como en Cádiz, la Nación, sujeto colectivo superior a los individuos que la forman, se obligaba presupuestariamente a "mantener el culto y los ministros de la religión católica que profesan los españoles" (art. 11), lo que se ha interpretado como una fórmula ambigua recogida para reconocer una cierta tolerancia, privada, de cultos. De cualquier forma, la importancia pública de la religión estaría presente en su promulgación y juramento, al deber hacerse ambos, en todos los pueblos de España, en las iglesias durante la misa mayor (A. Nieto).
En cuanto a la parte orgánica,es esta parte la que presenta mayores modificaciones con respecto a la Constitución de 1812, dando cabida a algunas soluciones del Estatuto real. Las Cortes adquieren ahora, como en éste, un carácter bicameral, aunque quizás influyesen también en ello la Constitución francesa de 1830 y la belga de 1831 (J.F. Merino), con las denominaciones expresas, por primera vez, de Congreso y Senado (art.13) mediante un bicameralismo perfecto, es decir, ambos son "cuerpos colegisladores iguales en facultades". Pero mientras el Congreso es una cámara enteramente electiva (art. 22), los senadores, aparte de los hijos del monarca que lo eran por derecho propio (art. 20), serían designados por el rey a propuesta de una lista triple de los electores que en cada provincia nombraran los diputados en Cortes (art. 15). El Senado se constituía así en cámara "moderadora" de la cámara electiva. Con todo, los senadores no tenían carácter vitalicio, como lo tendrán bajo la Constitución de 1845, por entender que ello contradecía el principio de soberanía nacional, situándose además el Congreso con superioridad sobre él en materia de contribuciones y crédito público (Pérez-Prendes).
Aunque, en la línea gaditana, las Cortes debían reunirse obligatoriamente todos los años (art. 26), el Congreso podía nombrar a su presidente y vicepresidente y formaba su propio reglamento interno (art. 29); correspondía ahora al rey la convocatoria, suspensión y disolución de las Cortes, si bien en este caso debía convocar nuevas Cortes en tres meses. En el aspecto legislativo las Cortes comparten la iniciativa legislativa con el rey (art. 36) pero éste, a diferencia de la Constitución de 1812, tiene ahora veto absoluto, pudiendo negarse a sancionar las leyes previamente aprobadas por las Cámaras (art. 44). Por último, a las Cortes correspondíann funciones de control, todavía más penal que político, de la responsabilidad de los ministros (art.40), con lo que aún más que durante el Estatuto real, éstos empezaban a necesitar de la doble confianza parlamentaria y regia (art. 87) para el ejercicio de su cargo.
El rey, que conservaba la condición de titular del poder ejecutivo, estaba encargado específicamente de hacer ejecutar las leyes, mantener el orden público  y nombrar y separar libremente a los ministros . El art. 48 imponía una autorización por ley especial para algunas de sus actuaciones, como firmar tratados internacionales o de comercio, admitir tropas extranjeras en el reino, etc., pero en términos generales, su posición resultaba reforzada con repecto a la Constitución de 1812, en especial, por las facultades legislativas expuestas, apareciendo como un monarca menos limitado que en la Constitución gaditana. Junto a ello, la atribución del libre nombramiento del Presidente del Consejo de Ministros hizo que dispusiese de una prerrogativa para la que no estaba obligado a contar con las Cortes, sin que falten ejemplos, tanto de la época de María Cristina como de Espartero, de nombramientos en los que los regentes no tuvieron en cuenta la mayoría parlamentaria de las Cortes para hacer ese nombramiento. Por lo que a los ministros se refiere, frente a la rígida separación de poderes gaditana, se permite ahora la compatibilidad entre este cargo y el de Senador o Diputado, con derecho a voto y a participar en las discusiones de la Cámara (art. 62), lo que habría de permitir una comunicación más fluida entre el legislativo y el ejecutivo. Como bajo el Estatuto real, y a pesar de que la regulación que la Constitución hace del Gobierno es muy escasa, éste se institucionalizaba ahora plenamente como órgano colegiado y homogéneo (arts. 58 y 72), con funciones de iniciativa de proyectos, presentación del presupuesto a las Cámaras y propuesta al rey de nombramientos y medidas legales de desarrollo (J.F. Merino).
Por último, recoge por primera vez la denominación de poder judicial como poder plenamente independiente, frente a la Constitución de 1845 que en sentido más restrictivo hablaba de "administración de justicia", asentado sobre los principios de exclusividad (corresponde en exclusiva a los jueces y tribunales la aplicación de las leyes), publicidad de las actuaciones (art. 65) e inamovilidad de jueces y magistrados (art. 66).
En esta Constitución no se establece un órgano o procedimiento especial de reforma quizás porque la experiencia española y extranjera demostraba que las modificaciones se llevaban a cabo siempre al margen de los cauces por ellas previstos (J. Tomás Villarroya). Ello favoreció que los moderados, intencionadamente, la entendiesen reformable por ley ordinaria (Pérez-Prendes), lo que entraba en contradicción con el principio de soberanía nacional que, en teoría, habría debido excluir a la corona de su participación soberana en ella, lo que se producía si el procedimiento de reforma no tenía carácter constituyente y se llevaba a cabo por una ley ordinaria en la que la iniciativa legislativa correspondía al rey.
Estuvo en vigor entre la fecha de promulgación, 18 de junio de 1837 y el 23 de mayo de 1845, fecha de entrada en vigor de la Constitución de ese año. De cualquier forma, ya la convocatoria de las Cortes de 10 de octubre de 1844, bajo el gobierno personal del general Narváez, líder de los moderados, indicaría expresamente que se hacía con la intención de revisar la ley fundamental.

  • CLAVERO, B. Manual de Historia constitucional de España. Madrid, Alianza Editorial, 1990.
  • COLOMER VIADEL, A. El sistema político de la Constitución española de 1837. Madrid, 1989. GÓMEZ URDÁNEZ, G. Salustiano de Olózaga. Élites políticas en el liberalismo español (1805-1843). Logroño, Universidad de La Rioja, 1999.
  • LARIO, D. y LINDE, E. Las Constituciones españolas. Madrid, Anaya, 1994.
  • MORÁN MARTÍN, R. Materiales para un Curso de Historia del Derecho español. Cuadernos de la UNED. Madrid, UNED, 2000, vol. II.
  • NIETO, A. Los primeros pasos del Estado constitucional. Barcelona, Ed. Ariel, 1996.
  • PÉREZ-PRENDES, J.M. "Sobre constituciones y revoluciones burguesas" en RODRÍGUEZ GIL, M. (ed.): Pareceres. Revista Interpretatio, núm. VII (1999), II, pp.1257-1265.
  • POSADA, A. Tratado de Derecho político. Madrid, Librería de Victoriano Suárez, 1916 (2), vol. II.
  • RICO LINAGE, R. Constituciones históricas. Ediciones oficiales. Sevilla, Universidad, 1989.
  • SÁNCHEZ-ARCILLA, J. Historia de las instituciones político-administrativas contemporáneas (1808-1975). Madrid, Dykinson, 1994.
  • SEVILLA ANDRÉS, D. Constituciones y otras leyes y proyectos políticos de España. Madrid, 1969, 2 vols.
  • SOLÉ TURA, J. y AJA, E. Constituciones y períodos constituyentes en España (1808-1936). Madrid, Siglo XXI, 1984.
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  • VARELA SUANZES-CARPEGNA, J. "La Constitución de Cádiz y el liberalismo español en el exilio: el abandono del modelo doceañista" Revista de Estudios Políticos, núm. 10 (1987), pp. 27-109.
  • VARELA SUANZES-CARPEGNA, J. "La Constitución española de 1837: una Constitución transaccional" en Revista de Derecho Político núm. 20 (1983-84), pp. 95-106.
      http://www.enciclonet.com/articulo/constitucion-espannola-de-1837/#

lunes, 15 de junio de 2015

LOS JENÍZAROS....MAHMUD II Y EL "INCIDENTE AFORTUNADO "


Los jenízaros (del turco “Yeniçeri”, que significa: nuevas tropas/soldados), fueron un cuerpo de soldados de infantería creados por el sultan Murad o Amurath I en 1330 ya que tenía derecho no sólo a un quinto del botín de guerra de los territorios conquistados o sometidos, sino también a un quinto de los cautivos.

Por aquel entonces, el incipiente imperio otomano solo contaba con las tropas de los diferentes señores (al estilo occidental de vasallaje) y, debido a ello, el sultan muchas veces no podía confiar en la lealtad o moral de sus tropas.

Aparte de esto, los cambios militares que se estaban dando (introducción de las armas de fuego, inutilidad cada vez mayor de los grandes cuerpos de caballería, necesidad de organizar y especializar las grandes masas de infantería, sobre todo en los asedios) hicieron que se instaurara este cuerpo caracterizado por un innovador encuadramiento en regimientos de infantería que se recogían en cuarteles aparte del resto del ejército y eran dirigidos por un mando supremo especial, el yeri Ceni hagaïs, o agá.

Los jenízaros eran, inicialmente, esclavos o súbditos de las regiones yugoslavas, griegas, albanesas y húngaras y por tanto, mayoritariamente cristianos; constituían lo que se podría llamar el ejercito imperial permanente, luego, en caso de guerra, se llamaba a las tropas de las tribus, clanes, etc... y también la guardia imperial: los sipahis (al estilo de los pretorianos romanos, pero a caballo; Estos últimos tenían un origen similar al de los jenízaros). Aparte el hecho de que ningún combatiente libre (que tuviera cualquier otra opción) consentiría ser un soldado de infantería, considerando el arriesgado destino que le era asignado (Luego, cuando comenzaron a ser un cuerpo de “elite” las cosas cambiaron e incluso los nobles trataban de que alguno de sus hijos pasara a formar parte del cuerpo, el cual empezó a ganar peso político en el Imperio).

En el 1380 el Sultán Selim I tuvo la idea de incrementar sus filas como resultado de un impuesto en forma humana denominada “devshirmeh”; mediante la incorporación a filas de hombres seleccionados inicialmente al azar y posteriormente según unos criterios cada vez más severos.

Los pueblos cristianos sometidos a ello consideraban un honor (y también era una fuente de riqueza, ya que un jenízaro estaba muy bien pagado) el que sus jóvenes fuesen seleccionados para el cuerpo. 

Los jenízaros eran adiestrados bajo una disciplina estricta con duros entrenamientos físicos, enseñanzas del empleo de armas de la época y tácticas militares así como una impecable educación (aprendían diversos idiomas, literatura, contabilidad, etc.) y en condiciones prácticamente monásticas en las escuelas Acemi Oğlanı. En dichas escuelas de instrucción se esperaba que permanecieran célibes y fueron alentados a convertirse al Islam, lo que la mayoría hizo.

El armamento que empleaban pasó de las hondas, arcos y flechas a las ballestas, mosquetes y pistolas, estaban animados por un selecto espíritu de grupo, con emblemas y banderas propios, y disfrutaban, además, de un “fondo” de pensiones para los ancianos y los inválidos, tenían como emblema una marmita, símbolo de la abundante alimentación que recibían.

Eran conocidos por su ferocidad y su fanatismo. Eran tales su prestigio y sus privilegios que, desde el siglo XVI (1680), fueron muchos los que se inventaron todo tipo de argucias para alistarse en sus filas e incluso terminó permitiéndose el alistamiento en sus filas de los propios turcos, y no era raro encontrarse incluso con hijos de la nobleza entre sus filas, a partir de esa fecha, y hasta su disolución en 1826, comenzó su lenta decadencia como organización militar de élite y se inicia su cada vez mayor intervención en las intrigas palaciegas y la los asuntos de la politica, llegando en ocasiones a la insurrección armada directa y al derrocamiento del sultan (y entronamiento de un sultan alternativo). Durante todo este periodo fueron de hecho uno de los más importantes grupos de presión y opinión, ya que tenían al sultan en sus manos. (también en esto se aprecian muchas similitudes con la guardia pretoriana romana).

En la práctica (inicialmente al menos, luego solamente en teoría), los Jenízaros pertenecieron al sultán. A diferencia de los musulmanes libres, les estaba expresamente prohibido dejarse crecer la barba, permitiendoseles tan sólo el uso de bigote (Estas normas tuvieron que modificarse al irse permitiendo la entrada en el cuerpo a los de ascendencia turca e incluso a los hijos de la nobleza, que eran hombres libres). Se les inculcó desde un primer momento que consideraran al Cuerpo de Jenízaros como su casa y familia y al sultán como su padre real, de facto. Sólo aquellos que demostraron ser lo suficientemente fuertes durante el periodo de instrucción alcanzaron el rango de un jenízaro verdadero, normalmente a la edad de veinticuatro a veinticinco años. El regimiento heredaba las propiedades de los Jenízaros fallecidos.
Los jenízaros se podían reconocer  por su bigote. No llevaban barba, que normalmente era obligación para los musulmanes. Por eso sorprendentemente luego en Turquía, después de la caída de los otomanos, conservar el bigote y la barba estaba mal visto. 

Tenían que jurar al Sultán lealtad sin condiciones y fueron educados de manera que veían su hogar y su familia como su padre. A la edad de 24 años un jenízaro terminaba la formación.

En cuanto a la religión los jenízaros se orientaban en el aprendizaje de Hadschi Bektasch Veli. Como símbolo los jenízaros llevan una especie de sombrero blanco que representa la manga de Hadschi Bektasch y el vínculo con sus teorías.
 
El número de jenízaros en las tropas subió desde el inicio, con unos 100 hasta aproximadamente unos 200 000. En los primeros décadas los jenízaros eran unos arqueros excelentes, pero usaban armas de fuega desde luego y además estuvieron provistos del equipamiento más moderno. En la lucha cuerpo a cuerpo usaban hachas y sables. 



Los otomanos integraban los jenízaros en todas las grandes expediciones militares como también en la conquista de Constantinopla en el año 1453, que luego se nombró Estambul. 
El Incidente Afortunado (o Vaka-i Hayriye en turco) fue la disolución obligatoria de los Jenízaros por parte del sultán otomano Mahmut II en junio de 1826.
El cuerpo de jenízaros había sido una fuerza militar de elite dentro del ejercito del Imperio Otomano desde mediados del siglo XV, y así se había mantenido a lo largo del siglo XVI, sosteniendo los triunfos militares otomanos de manera decisiva a lo largo de sus guerras contra España, la Casa de Habsburgo y el Imperio Safávida. No obstante, al empezar el siglo XVII la eficacia militar de los jenízaros disminuyó a la par que aumentaban sus ambiciones políticas. Dedicados al comercio, y a la intriga política, perdieron gran parte de su efectividad y prestigio.
Desde mediados del siglo XVII los jenízaros habían dejado de ser una tropa de élite para degenerar en una casta militar ineficiente en combate pero dotada de grandes riquezas e influencia política, lo bastante poderosa para imponer condiciones al propio sultán o intrigar con los visires en cuanto a la designación de sucesores al trono otomano, deasde sus cuarteles generales en Estambul. No obstante esta decadencia, los jenízaros aún tenían fuerza militar suficiente para imponer su poder a los soberanos otomanos, impidiendo todo intento de reforma militar y exigiendo privilegios y riquezas, a imitación de lo ocurrido siglos antes con la Guardia Pretoriana del Imperio Romano o los streltsy del antiguo Imperio Ruso. Para inicios del siglo XIX los jenízaros sumaban cerca de 135,000 hombres en todo el Imperio, la mayoría de los cuales ni siquiera eran soldados en activo sino simples civiles adheridos a esta tropa en funciones administrativas.
En 1826, tras la humillante derrota en la Guerra de independencia de Grecia, el sultán Mahmut II emitió un edicto informando que se estaba constituyendo un nuevo ejército, llamado Nizam-ı Cedid, organizado y entrenado con técnicas europeas, y basado en reclutas de etnia turca. Parece ser que la intención de Mahmut II era provocar una sublevación de los jenízaros, que jamás aceptarían la formación de una nueva tropa de élite.
La fecha de publicación del edicto fue el 11 de junio de 1826, siendo recibido con gran oposición de los jenízaros. Tal como Mahmut II y sus ministros habían previsto, las tropas de jenízaros de Estambul, las principales del Imperio Otomano, se sublevaron en las calles de la capital, siendo reducidas por tropas de caballería sipahi. Las tropas leales al gobierno, mejor armadas y entrenadas, debelaron la revuelta de los jenízaros y bombardearon sus cuarteles con nutrido fuego de artillería moderna, matando a cerca de 4,000 jenízaros rebeldes tras tres días de lucha. Otros miles más fueron masacrados por las tropas del Nizam-ı Cedid en las calles.
El 16 de junio, tras exterminar a los últimos jefes jenízaros, el sultán ordenó la expropiación de los bienes de los jenízaros y disolvió oficialmente este cuerpo, privando a sus miembros de todo rango y equipo militar, y exiliando a los sobrevivientes a provincias lejanas del Imperio. Gran cantidad de jenízaros lograron sobrevivir a la revuelta, escondidos de las autoridades y migrando discretamente a otros oficios.

Referencias

  • Jason Goodwin (1998). Lords of the Horizons: A History of the Ottoman Empire. New York: H. Holt ISBN 0-8050-4081-1
  • Patrick Kinross (1977) The Ottoman Centuries: The Rise and Fall of the Turkish Empire London: Perennial. ISBN 9780688080938
  • Stanford J. Shaw & Shaw, Ezel Kural (1977). History of the Ottoman Empire and Modern Turkey] (Vol. II). New York: Cambridge University Press
 http://apasionadosporlahistoria.blogspot.com.es/2010/10/los-jenizaros.html
http://www.ecured.cu/index.php/Jen%C3%ADzaros
 http://historiadelmediterraneosincomplejos.blogspot.com.es/2013/05/normal-0-21-false-false-false-de-x-none.html